CONVOCATORIA INICIAL

El acceso telemático a los censos (Anexo 4) está restringido a los federados y a aquellas personas o entidades que acrediten un interés legítimo. Las claves de acceso pueden solicitarse a las federaciones autonómicas y a la Secretaria General de la FER (secretario@federemo.org) acreditando su identidad.

Está prohibida la cesión de esta información a cualquier otro interesado. «El tratamiento y publicación de los datos contenidos en el censo tendrá por exclusiva finalidad garantizar el ejercicio por los electores de su derecho de sufragio, y garantizar la transparencia del proceso electoral, no siendo posible su utilización ni cesión para ninguna finalidad distinta de aquella. Queda prohibida cualquier información particularizada sobre los datos personales contenidos en el Censo Electoral. En todo caso, será de aplicación lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.» Artículo 6. 8 de la Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre. (NOTA: la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, citada en la Orden fue derogada por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que es de aplicación en este caso).

► ANEXO 4 – CENSO ELECTORAL PROVISIONAL (Subpágina Censos)

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